Prohibición de entrada de los ganados de Murcia a las viñas del Noroeste (1348)

El 16 de mayo de 1348 el Infante Don Fadrique, Maestre de la Orden de Santiago, confirmaba al Concejo de Murcia el derecho a que sus ganados pastasen libremente por las tierras de las encomiendas del Noroeste. El documento se encuentra en el Archivo Municipal de Lorca, habiendo sido recogido por Juan Torres Fontes en su obra Documentos para la Historia Medieval de Cehegín, 1982.

Es interesante destacar que si bien se concedía esa libertad de pastos se establecía una excepción relativa a la entrada a las viñas en tanto no se recogiera la cosecha de uva. Esta prohibición conllevaba también la obligación de pagar los daños causados en caso de incumplimiento de la misma.

Esta norma era algo habitual en los textos normativos medievales.

Leave a comment

Your comment