El vino de Teodomiro

Cuatro son las versiones del Pacto de Teodomiro (año 713) en la que el sureste español se sometía como protectorado al nuevo poder musulmán. Gracias a este pacto el «Dux Teodomiro» podría seguir gobernando estas tierras, ya como reino, a cambio de ceder su control militar a los invasores y al pago de una serie de impuestos anualmente. El pacto estuvo vigente hasta el año 779 cuando Abderramán I destituyó al hijo de Teodomiro, el rey Atanagildo, por haber colaborado con los enemigos del nuevo emir de Al-Andalus.

Las poblaciones de Mula (realmente, la ciudad situada en el cerro de la Almagra) y Begastri (Cabezo Roenas en Cehegín) quedaban según el tratado bajo control militar musulmán. Los restos arquelógicos que nos han llegado ponen de manifiesto que se respetaron ambas ciudades y a sus pobladores cristianos, asentándose los invasores en nuevas fortalezas cercanas desde las que ejercer su control.

La sociedad cristiana del noreste murciano (habitantes y siervos, en régimen de feudalismo bajo el poder del rey Teodomiro) continuó desarrollándose alejada de la islamización hasta principios del siglo X, cuando quedó sofocada la revuelta cristiana en la cora de Tudmir. Fue en ese momento cuando las antiguas Mula y Begastri (ignoramos, si también el resto de poblaciones cristianas del noroeste) quedaron desmanteladas frente a los nuevos núcleos musulmanes.

Volviendo al texto del tratado de capitulación, debemos llamar la atención sobre el régimen impositivo bajo el que quedaban los habitantes cristianos.

Diversas han sido las traducciones del texto donde señala que los habitantes cristianos de la Cora de Tudmir debían pagar al año  cuatro cántaros de vino y otros cuatro de vinagre, mientras que los siervos la mitad. En este sentido el trabajo de Eduardo Escartín González, «El vino en el Islam» (2005), defiende directamente la traducción del término nabidh como vino, frente a la versión de Sánchez-Albornoz, quien habla de arrope (mosto reducido) en vez de vino, o a la traducción de Lévi Provençal, quien habla de mosto (zumo de uva).

Por contra, ninguna discusión ha existido con otro derivado del vino en el texto del pacto como es el pago de cuatro cántaros de vinagre.

Dejando a un lado la polémica expuesta, sí que queda claro en el texto del tratado el hecho de que la elaboración de vino y sus derivados formaba parte de la producción alimenticia del levante visigótico al momento de la ocupación, y con ello en las tierras de la comarca del noroeste murciano.

Pero no sólo esto, sino que además los nuevos conquistadores musulmanes -pese a los preceptos religiosos- consideraban al vino, y no a las uvas frescas o las pasas, como una fuente de riqueza, al igual que el trigo, la miel o el aceite, y por este motivo reclamaban este impuesto sobre el vino y su derivado el vinagre. También para ellos el vino era un elemento básico de la economía, la cultura y la alimentación de la nueva sociedad de Al-Ándalus.

 

 

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